"A Xunta de Galiza require a orgaización d-unha oficiña única en cada comarca natural, con todol-os servizos fiscaes transferidos pol-o Estado, máis os das Diputacións suprimidas e os dos Concellos".
(CASTELAO Sempre en Galiza. 1944)
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Mientras no se cambie la Constitución Española de 1978, Pontevedra continuará siendo capital de provincia, como decidió en 1833 Javier de Burgos, ministro de Fomento con María Cristina. Tras el Real Decreto del afrancesado, inmediatamente se dotó a las capitales de provincia de instituciones de gobierno básicas, cuya cabeza correpondía a los subdelegados de Fomento, tiempo después Gobernadores Civiles, hasta que con el nacimiento del Estado de las Autonomías se transformó la Administración central periférica creándose una Delegación de Gobierno por Comunidad Autónoma y subdelegaciones en cada una de las capitales de provincia impuestas por Javier de Burgos.
La Delegación del Gobierno central en Galicia se situó en Coruña con subdelegaciones en Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra. De las áreas funcionales de la subdelegación del Gobierno en Pontevedra, ocho están en la capital provincial, tres en Vigo y una, la de Extranjería, con oficina en ambas ciudades. El área funcional de Fomento sólo tiene oficina en Coruña y la de Alta Inspección de Educación, en Coruña y Ourense. La Delegación Territorial de Comercio de Vigo, que sustituyó a la Delegación Regional en diciembre de 2005, comprende las cuatro provincias gallegas. Ceuta y Algeciras cuentan con delegaciones provinciales.´
HACIENDA SE ACERCA A TODOS
En lo único que hubo desconcentración ha sido en la Agencia Tributaria, que si bien tiene una delegación especial en Coruña, cuenta en Galicia con 22 delegaciones: A Coruña (Betanzos, Carballo, Cee, Ferrol, Ortigueira, Ruibeira, Santiago y Coruña); Lugo (Foz, Lemos y Lugo); Ourense )(Barco de Valdeorras, O Carballiño, Celanova, Verín y Ourense). Pontevedra (A Estrada, Ponteareas, Tui, Vilagarcía, Pontevedra y Vigo). La Administración periférica del Estado desde siempre se acerca al administrado para cobrar tributos. Pero para prestar servicios tiene el ojo en Madrid.
La Administración pública estatal radicada en Pontevedra debe contar alrededor de 3.000 empleos en la capital, de los 9.819 efectivos en toda la provincia. Porque en Marín, Poio, Vilaboa, Vigo, Vilagarcía, Tui, etc. tiene efectivos el Estado. Y la ciudad capital ha perdido unos 500 efectivos al echar a la comandancia provincial de la Guardia Civil, que desde julio de 2006 tiene su sede en la rúa Domingo Fontán, 6, de Poio. El ayuntamiento de Pontevedra continúa con la recalificación urbanística del solar de Loureiro Crespo, que fue sede de la comandancia desde 1945 hasta 2006.
En 1920 la población de Vigo doblaba a la de Pontevedra. Desde aquella hasta hoy el crecimiento de Pontevedra fue del 199,6% y el de Vigo de 456,8%. El municipio de Pontevedra censa actualmente 80.749 habitantes, mientras que Vigo alcanza los 295.703. Pero entre 1920 y 2006, está 1981, que pone fecha al Estatuto de Autonomía de Galicia. Nace la administración autonómica que por imposición de los legisladores se suma a las administraciones existentes: a la central y a la local. Estos datos justifican una organización territorial para el desarrollo del autogobierno distinta de la periférica del Estado. La Constitución de 1978 mantuvo lo que en este campo venía de muy atrás y además engordó la Administración periférica central con un Delegado del Gobierno central por Comunidad Autónoma y cambió los gobernadores civiles por subdelegados provinciales en las autonomías pluriprovinciales. Como se sabe la división provincial no tiene origen democrático, se impuso por Real Decreto y con más maña que rigor. La nueva Administración periférica del Estado se crea por Ley y se desarrolla mediante reales decretos desde 1997.
LAS PROVINCIAS DEL AFRANCESADO JAVIER DE BURGOS
A la muerte de Fernando VII, el 29 de septiembre de 1833, que deja como Reina a su hija Isabel, que apenas contaba tres años, por lo que se nombra Regente y Gobernadora a su madre, la Reina viuda María Cristina de Borbón. Confirma el Gobierno de Cea Bermúdez y el 22 de octubre se nombra a Javier de Burgos como ministro de Fomento y ya el 30 de noviembre está el Real Decreto en La Gaceta de Madrid con la división provincial, a cuyo articulado antecede esto: "he venido, en nombre de mi muy cara y excelsa Hija la Reina Doña Isabel II, en mandar"... (En nombre de una nina de tres años). En la parte dispositiva del Decreto, las siete provincias o partidos de Galicia (Betanzos, Coruña, Lugo, Mondoñedo, Ourense, Santiago y Tui) se convierten en cuatro: Coruña, Lugo, Ourense y Pontevedra, para lo cual Mondoñedo se agregó a Lugo, Tui con tierras de Santiago al sur del Ulla formó Pontevedra, y la actual provincia coruñesa se compuso con los partidos de Betanzos y Coruña y la parte de Santiago al norte del río Ulla. Se informa al final del Decreto, que la demarcación de límites de las provincias que expresa el artículo 3, no se inserta en la Gaceta por ser demasiado voluminosa, pero se hallará desde mañana en el despacho de la Imprenta Real. Por otro decreto del mismo día se crean tres categorías de provincias. Por lo que se refiere a las de Galicia, sitúan a Coruña en primera categoría y las otras tres, de tercera categoría. Admitía el mismo Decreto que en las provincias grandes, con pueblos de más de 12.000 habitantes, podían establecerse Subdelegados de partido, dependiendo de sus homólogos principales de provincia. A continuación, por decreto de 10 de diciembre de 1833 se nombran los subdelegados de Fomento. Para Coruña se designa a Miguel Gayosdo de Mendoza, Señor de Rubianes, quien renuncia por "quebranto de salud" y le sucede el 14 de abril de 1834 el coronel de Artillería Antonio Loriga. En Lugo, a José María Moscoso de Altamira, que por promoción a un puesto superior, le sustituye en la misma fecha Laureano Gutiérrez, que procedía de Soria. En Ourense, José Rodríguez Busto, y en Pontevedra, José María Bremón.
Los subdelegados de Fomento pasan a denominarse Gobernadores Civiles de la provincia en 1934. La Constitución de 1978 mantiene la división provincial de 1833, que ya en su tiempo no fue aceptada de buen grado ya que se consideraba de importación francesa. Encima de todas las provincias y sin alterar sus límites colocan los gobiernos de la difunta ucedé 17 comunidades autónomas, de ellas 7 uniprovinciales (Asturias, Baleares, Cantabria, Madrid, Murcia, Navarra y La Rioja). En estas se suprime la diputación provincial, que se integra en la administración de la Comunidad Autónoma. Con la creación en 1978 del Estado de las Autonomías, el Reino de León (León, Zamora y Salamanca) se integró en Castilla y León. Logroño que era provincia de Castilla la Vieja, pasó a ser la Comunidad Autónoma de La Rioja ( 5.045 km2 y 253.295 habitantes, censo 1981); Madrid, provincia de Castilla la Nueva, es ahora Comunidad de Madrid (8.028 y 4.726.986 hab.). Santander saltó de provincia de Castilla la Vieja a Comunidad Autónoma de Cantabria (5.321 km2 y 510.816 hab.). Albacete que era del Reino de Murcia forma ahora en Castilla-La Mancha. El principado de Asturias que formaba la provincia de Oviedo se convierte en Comunidad Autónoma (10.604 km2 y 1.127.007 hab.); Navarra (10.391 km2 y 507.367 hab.). Murcia (11.313 km2 y 957.903 habitantes) y Baleres (4.992 km2 y 685.088 hab.).
LAS AUTONOMÍAS PLURIPROVINCIALES
Las comunidades autónomas pluriprovinciales son: Andalucía (8 provincias, 87.268 km2 y 6.441.461 habitantes, censo 1981); Castilla y León (9 provincias, 94.223 km2 y 2.575.064 hab.); Castilla-La Mancha ( 5 provincias, 79.463 km2 y 1.626.845 hab.); Aragón (3 provincias, 47.719 km2 y 1.213.099 hab.); Extremadura (3 provincias, 41.634 km2 y 1.050.119 hab.); Cataluña (4 provincias, 32.114 km2 y 5.958.208 hab.); Galicia (4 provincias, 29.574 km2 y 2.753.836 hab.); Comunidad Valenciana (3 provincias, 23.255 km2 y 3.646.765 hab.); Canarias (2 provincias, 7.447 km2 y 1.444.626 hab.) y País Vasco (3 provincias, 7.234 km2 y 2.134.763 hab.).
A esta distribución se denominó en su día "café para todos", sin embargo, todavía hoy mantiene León la defensa de su autonomía integradada por las provincias del antiguo reino: León, Salamanca y Zamora. Diversos colectivos consideran "artificial la Comunidad de Castilla y León". El último acto reivindicativo se celebró el pasado 24 de abril. Dentro de León está El Bierzo, donde unos se consideran parte de la Galicia irredenta y otros, que consideran la lengua gallega como patrimonio berciano, reivindican el reconocimiento en el Estatuto de Autonomía de Castilla y León como un ente territorial y político con personalidad jurídica propia. En el Estatuto gallego de 1931 se recogía en su artículo 2 que "poderase agregar a Galicia calquera territorio limítrofe de características históricas, culturais, económicas e xeográficas análosas, mediante os requisitos que as leis xerais establezan". Un artículo semejante intentó incluirse en el texto del Estatuto de 1981, pero lo frenó el diputado por León Rodolfo Martín Villa.
27 AÑOS ESPERANDO POR UNA LEY
El nuevo Gobierno gallego ha modificado la administración autonómica periférica, cuya novedad más importante ha sido la creación por improvisación de la delegación territorial de Vigo. Es totalmente legal, pero equivocado el procedimiento. Está en el vigente Estatuto que "unha lei do Parlamento regulará a organización territorial propia de Galicia". En los 27 años de existencia del Parlamento de Galicia no se habló de elaborar la ley de la organización territorial propia. Como dijo el otro, Fraga tenía el Estado (centralista) en la cabeza. No se dio ni un paso para diseñar la Administración Pública de Galicia que, de acuerdo con el Estatuto, no tendrá provincias. Si se dilapidaron dineros públicos en el tinglado de los centros comarcales y por decreto de 1997 se aprobó el Mapa Comarcal de Galicia, cuando el Estatuto manda una ley. Las provincias son para la Administración central, y en ese campo no hay cristiano que pueda retirarle la capitalidad a Pontevedra. Sólo con la modificación de la Constitución. Pero para la administración autonómica, Pontevedra será capital de un territorio de una o varias comarcas. Vigo será de otro, que será difícil que coincida con el absurdo de los catorce municipios de un área metropolitana. Y hasta el Deza puede ser otro territorio, porque lo de convertir a esta tierra en un solo ayuntamiento no tiene pies ni cabeza. Sueños caciquiles. Los catalanes tienen en sus formas tradicionales de convivencia las comarcas y las supracomarcales veguerías. Las comarcas catalanas están operativas desde la ley de 1987. La ley de veguerías, que ya existe consenso político para que sean siete, se aprobará en esta legislatura, pero no serán funcionales hasta 2011. Y ya preparan un ley de transición de las diputaciones provinciales a los consejos de veguería. Las provincias quedan para la Administración periférica del Estado.
EL BORRADOR DE ESTATUTO DEL BNG
Nacionalistas y socialistas toman a chirigota el vigente Estatuto. La postura socialista es así de viejo, aunque a este partido lo gobierne un comité federal y una comisión federal. Son centralistas. Y a la autonomía gallega nunca la respetaron. Y aquí no dejan descubrir a un Montilla que le pare los pies a los federales. Pero lo de los nacionalistas es mucho más grave y preocupante. En el borrador de Estatuto que cuando la reforma frustrada manejó el BNG estampan en el arítulo 54 lo siguiente: "Galiza organízase territorialmente en concellos e comarcas que teñen personalidade xurídica de seu e gozan de autonomía para o exercicio das súas funcións". Pues bien, el pleno del ayuntamiento de Pontevedra acaba de aprobar una moción, con voto de ¿calidad? del alcalde nacionalista solicitando que se suprima al representante autonómico en Vigo. Los socialistas y nacionalistas que gobiernan Vigo defienden lo contrario. Lo del BNG es lamentable. Y lo de Lores pasa de remolón. Y el PP de la provincia de Pontevedra necesita una pasada por la regeneración, porque están actuando desde el 2 de marzo como si toda Galicia fuese su tinglado. Ni que quisieran resarcirse cuanto antes de la sequía de cuatro años. Ya juegan con Núñez Feijóo.